CNI despeja dudas sobre tratamientos de ozono conductos climatización

2022-09-23 22:13:29 By : Ms. Joy Cao

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CNI alerta sobre el uso de ozono en instalaciones de climatización con el fin de minimizar los contagios frente al COVID-19. Ante la creciente oferta de tratamientos de ozono para la desinfección y limpieza de conductos de climatización en plena pandemia, la Confederación Nacional de Instaladores y Mantenedores advierte de que "no está demostrado que éste sea un viricida, lo que puede suponer una falsa sensación de seguridad a los ciudadanos".

En este contexto, para la entidad es de vital importancia que el instalador tenga muy presente qué es el ozono, sus usos (entre ellos, el que se está haciendo de éste como viricida), quién puede aplicar un tratamiento de ozono y cuáles son sus riesgos.

Tal y como explica CNI, "el ozono es un potente desinfectante que pertenece al grupo 1 de biocidas 'desinfectantes y biocidas de uso general' (existen hasta 19 tipos), y dentro de este grupo al Tipo de producto 2 (TP2) que es el de 'Desinfectantes utilizados en los ámbitos de la vida privada y de la salud pública y otros biocidas: Productos empleados para la desinfección del aire, superficies, materiales, equipos y muebles que no se utilicen en contacto directo con alimentos'".

Asimismo, el Reglamento Europeo 528/2012 sobre comercialización y uso de biocidas recoge su ámbito de aplicación e incluye los sistemas de aire acondicionado para la desinfección del aire (eliminación de bacterias, hongos, virus y esporas). Pero, debido a la inestabilidad del compuesto, en este tipo de aplicaciones, éste -tal y como aclaran- "debe ser producido en el sitio de aplicación mediante unos generadores".

El funcionamiento de estos aparatos es sencillo: pasan una corriente de oxígeno a través de dos electrodos: "De esta manera, al aplicar un voltaje determinado, se provoca una corriente de electrones en el espacio delimitado por los electrodos, que es por el cual circula el gas. Estos electrones provocarán la disociación de las moléculas de oxígeno que posteriormente formarán el ozono", aclara la Confederación.

En este sentido, CNI enumera tres aspectos que la empresa instaladora no debe perder de vista:

En el inventario de clasificación de la ECHA (Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas) se notifica la clasificación de esta sustancia como "peligrosa por vía respiratoria, irritación de piel y daño ocular". "Esta clasificación como agente irritante se refiere exclusivamente a sus concentraciones en aire, es decir, a los problemas derivados de su inhalación, que dependen de la concentración a la cual las personas están expuestas, así como del tiempo de dicha exposición", añade CNI.

La normativa emitida por la OMS recomienda una concentración máxima de ozono en aire, para el público en general, de 0,05 ppm (0,1 mg/m3): "Los riesgos son exclusivamente aquellos derivados de una exposición a concentraciones elevadas, que provocará la irritación de las mucosas y cuyo mayor riesgo será la agravación de problemas en personas de riesgo (ancianos, personas con problemas respiratorios y niños)", matiza.

"El Reglamento Europeo sobre comercialización y uso de biocidas (BPR) establece que a partir del 1 de septiembre de 2017, el ozono generado in situ es una sustancia activa, por lo que necesita estar registrada para poder comercializarla", comienza aclarando CNI.

Para ello cualquier empresa que quiera comercializar en la UE un biocida que contenga ozono generado in situ debe tener su producto autorizado en conformidad con el BPR: "Este proceso requiere aprobar la sustancia activa mediante un dosier de sustancia activa, y luego una solicitud específica de venta y uso en la UE. En función de los datos de eficacia presentados y del uso que se contempla, un producto biocida desinfectante puede autorizarse como bactericida, fungicida y/o viricida", explica.

Sin embargo, -continúa la entidad- "el ozono no se encuentra incluido en el listado de desinfectantes con eficacia viricida certificada, publicado por el Ministerio de Sanidad (productos son los que han demostrado eficacia frente a virus, de acuerdo a la norma UNE-EN 14476)". El listado aclara también el tipo de usuario para cada producto (Público en general /Personal Profesional /Personal Profesional Especializado), así como el uso, el ámbito (qué tipo de superficies) y la forma de aplicación indicados para cada producto. 

Asimismo, CNI refuerza esta idea haciendo alusión a una nota emitida por el propio Ministerio sobre el uso de productos biocidas para la desinfección del COVID-19 donde advierte de los riesgos para las personas derivados de su uso; así como a que la Sociedad Española de Sanidad Ambiental SESA y ANECPLA (Asociación Nacional de Empresas de Sanidad Ambiental) también han desaconsejado su uso en la desinfección del aire y superficies frente al coronavirus.

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